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divorcio barato

“HAY DECISIONES QUE NO SE DEBEN APLAZAR”


La separación o divorcio de mutuo acuerdo es la opción más aconsejable cuando hay buen entendimiento entre la pareja y existe un acuerdo total en cuanto a lo que debe recogerse en el convenio regulador de separación o divorcio.

A través de nuestro portal hoymedivorcio les ofrecemos la posibilidad de tramitar su separación o divorcio de una forma cómoda, ágil y personalizada con la transparencia y profesionalidad que nos caracteriza en cuanto a la tramitación de todo el proceso.

Ambas partes estarán informadas en todo momento del estado en que se encuentra la tramitación, a través del correo electrónico y telefónicamente, pudiendo optar a una primera visita informativa en el supuesto que lo deseen y puedan desplazarse a nuestro Bufete de abogados.

 

Por la sencillez de este procedimiento obtendrán además una importante reducción en los Honorarios de Abogado y Procurador.

  • Confiando en hoymedivorcio.com contarán con las siguientes ventajas:
    • Ahorrarán tiempo durante la tramitación
    • Reducirán la mayor parte del coste económico
    • Minimizarán el coste emocional para toda la familia
    • Ambos decidirán el contenido del Convenio Regulador
    • Ambos tendrán el mismo Abogado y Procurador
    • La Sentencia se ajustará a lo acordado por las partes

Pasos a seguir durante la tramitación:

  1. Solicítenos el envío del Formulario personalizado y una vez nos lo remitan cumplimentado les confirmaremos el presupuesto final y cerrado de la tramitación de su separación o divorcio.

  2. Una vez acepten el presupuesto, enviaremos el Convenio Regulador para su revisión, realizando cuantas modificaciones sean necesarias con el fin de que se adapte a sus necesidades.

  3. Colaboraremos con un Procurador de su localidad que les citará en su despacho para que entreguen presencialmente la documentación necesaria así como la Firma del Convenio Regulador y el pago de Honorarios.

  4. Por último, presentaremos la Demanda de Separación o Divorcio de mutuo acuerdo en el Juzgado y os citaremos con suficiente antelación para su ratificación, dictándose en un breve plazo la Sentencia y su correspondiente inscripción en el Registro Civil.

Por ello, nos encontramos ante un procedimiento:

  • Cómodo: Tramitación sin necesidad de desplazamientos, recibiendo el Convenio Regulador por correo electrónico para su revisión y conformidad, y a su vez con toda la información actual del estado en que se encuentra su expediente.

  • Rápido: Desde la recepción de la documentación, redacción en 48 horas del primer borrador del Convenio Regulador.

  • Ágil: Damos respuesta a sus consultas a través del correo electrónico y telefónicamente.

  • Personalizado: Desde el contenido del Convenio Regulador hasta la elección del Procurador más cercano a su localidad con el fin de evitar mayores desplazamientos.

No obstante, tienen a su disponibilidad una visita presencial en el despacho en la que les asesoraremos y explicaremos los pasos a seguir.

¿Sobre qué puntos versa el acuerdo?

El contenido del acuerdo se reflejará en el Convenio Regulador, aplicable tanto para parejas casadas como parejas de hecho, pudiendo versar sobre los siguientes puntos:

  • Guarda de los hijos
    Determinación del progenitor con el que convivirán los hijos: custodia compartida o individual con estancias para el progenitor no custodio.

  • Pensión de alimentos
    En cuanto a la distribución del deber de alimentos a favor de los hijos, tanto respecto de las necesidades ordinarias como extraordinarias.

  • Régimen de estancias de los hijos
    Establecimiento del régimen de relación y comunicación con los hijos durante el período en que un progenitor no los tenga con él.

  • Vivienda Familiar
    Asignación del uso de la vivienda familiar y el ajuar doméstico así como la fecha de abandono de la misma por una de las partes o su puesta en venta.

  • Liquidación del régimen económico matrimonial y división de bienes en común.
    Consiste en repartir los bienes modificando la propiedad pasando de ser propiedad de ambas partes a propiedad individual. Por tanto, su consecuencia directa consiste en adjudicar determinados bienes a uno de los cónyuges.

  • Pensión Compensatoria
    Para el cónyuge cuya situación económica resulte más perjudicada como consecuencia de la ruptura de la convivencia.

  • Compensación económica por razón del trabajo En el régimen de separación de bienes, si un cónyuge ha trabajado para la casa substancialmente más que el otro o ha trabajado para el otro sin retribución o con una retribución insuficiente, tiene derecho a una compensación económica por esta dedicación.

Requisitos

  1. Que hayan transcurrido un mínimo de 3 meses desde la celebración del matrimonio.
  2. Para el caso de Parejas de Hecho, será suficiente acreditar 2 años de convivencia o la existencia de un hijo en común
  3. El Acuerdo previo de las partes para iniciar la tramitación del procedimiento de separación o divorcio así como de lo contenido en el Convenio Regulador.
  • Necesitarán la siguiente documentación:
    • Certificado literal de matrimonio ( Registro Civil)
    • Certificado literal de nacimiento hijo/s (Registro Civil)
    • Copia de la sentencia de separación ( en caso de existir separación judicial previa)

La obtención de los citados Certificados se realizará en el Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio y nacimiento de los hijos en común, teniendo en cuenta la fecha de caducidad de tres meses desde su expedición.

Para la acreditación de las Parejas de Hecho deberán obtener el Certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento de su localidad.

Contacto

Teléfono: 639490051 - Horario: De 9.30 h a 20.30 horas - E-mail: Info@hoymedivorcio.com
Mataró (Barcelona)












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